Podrán participar en este proceso de elección únicamente los asociados hábiles, es decir aquellos inscritos en el registro social que no tengan suspendidos sus derechos y se encuentren al corriente en el cumplimiento de todas las obligaciones pecuniarias y sociales para con la Cooperativa, de conformidad con el artículo 17 del estatuto, con corte a treinta y uno (31) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024).